Ley de empleabilidad

Se trata de un plan para amortiguar las consecuencias de la pandemia de COVID-19 en los sectores de la construcción, la industria, el comercio, la agricultura, los servicios, la cultura y la producción primaria.

Con la Ley Provincial de Empleabilidad se apunta a facilitar y alentar la toma de trabajadores, la Ley de Banco de Vinos (ayuda al sector vitivinícola) y la ley de marco legal a Mendoza Activa.

El Estado aportará créditos (del Fondo para la Transformación y el Crecimiento), ayudas, facilidades fiscales, reintegros a la inversión familiar y contribuyentes mendocinos, Aportes No Reembolsables (ANR), y asesoramiento permanente. Además, será complementario con las herramientas nacionales que se lancen para mitigar el impacto negativo del aislamiento preventivo y obligatorio.

De forma complementaria, la legislatura evaluará un paquete de leyes que formar el Plan Provincial de Promoción del Empleo, compuesto por los programas Red Provincial de Empleo y Programa Provincial de Entrenamiento Laboral Certificado (Enlace).

La Red Provincial de Empleo tiene como objetivo central unir datos entre municipios para facilitar el empleo a los ciudadanos, con estrategias integrales y coordinación entre municipios, instituciones y organizaciones vinculadas a la empleabilidad en Mendoza.

Por su parte, el Programa de Entrenamiento Laboral Certificado (Enlace, parte de Mendoza Activa) busca insertar a los mendocinos que no tengan empleo en la cadena laboral. Entonces, jóvenes de la provincia de entre 18 años a 55 años (con secundario completo) recibirán entrenamiento durante cuatro meses (con posibilidad de prórroga por otros cuatro meses) con un sueldo de $7 mil (con una parte pagada por el gobierno provincial).

Los requisitos para participar del programa Enlace:

1.       Desocupados/as de 18 a 55 años de edad con residencia permanente en la provincia de Mendoza y que cuenten con educación secundaria completa.

2.       Personas con discapacidad contar con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

3.       Estar registrada/o en la plataforma del programa.

4.       No percibir Prestaciones Previsionales o Seguro de Desempleo, y/o estén participando de otro programa de Empleo y/o Capacitación Laboral de índole Nacional.

5.       Sí podrán participar quienes se encuentren percibiendo pensiones no contributivas, Ley N°18.910 y Asignación Universal por Hijo.

6.       Podrán participar hasta dos (2) miembros del grupo familiar en el programa.